Con el fin de garantizar el adecuado control y registro de los bienes, se informa a los supervisores de contratos (órdenes de compra y/o suministros) que, para la salida de almacén de bienes devolutivos o de consumo, la documentación requerida para el trámite de pago debe ser remitida a la Dirección de Servicios Generales – Almacén e Inventarios.
En el caso de bienes devolutivo o de consumo, cuando la salida no se vaya a realizar a nombre del supervisor del contrato, se deberá informar de manera expresa en la comunicación el cuentadante a quien se le realizará la salida del bien, incluyendo obligatoriamente la siguiente información:
- Nombre y apellido
- Número de identificación
- Centro de costo
En caso de que esta información no sea incluida en la comunicación allegada, los bienes serán cargados inicialmente al supervisor del contrato, conforme a la autorización de pago, quien posteriormente deberá realizar los traslados internos correspondientes, según aplique.