¿Sabías qué?…
- La Resolución 1515 de 2017 modificada por la Resolución 1022 de 2022 establece los lineamientos para el trámite del derecho de petición y la atención a peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y denuncias – PQRSFD.
- El tiempo establecido para dar respuesta a las diferentes peticiones es: petición general 15 días hábiles, petición de documentos y de información 10 días hábiles y consultas a las autoridades en relación con las materias a su cargo 30 días hábiles.
- Los asuntos que se deben tramitar a través del Sistema PQRSFD son los relacionados con peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, felicitaciones o denuncias, solicitudes de información o propuestas que no correspondan a trámites internos que ya cuenten con procedimientos específicos en las respectivas dependencias.
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